Sector Náutico de Baleares: Claves y Riesgos del Proyecto de Modificación del Decreto 21/2017
Derecho Náutico
Nuevos cambios clave en la normativa del alquiler de embarcaciones en las islas ¿Tu empresa de chárter está preparada?
Desde Almar Lawyers, hemos analizado estas medidas y sus posibles implicaciones para el sector.
Tabla de Contenidos
Sector Náutico de Baleares: Claves y Riesgos del Proyecto de Modificación del Decreto 21/2017
El Govern de las Illes Balears lleva a cabo actualmente un proceso de audiencia e información pública mediante el que todos los ciudadanos, así como los titulares de derechos e intereses legítimos afectados por este proyecto normativo, pueden informarse del Proyecto de decreto de modificación del Decreto 21/2017, de 5 de mayo, por el que se regula la actividad de alquiler de embarcaciones y buques de recreo en el Sector Náutico de Baleares e incorporar propuestas y sugerencias.
El nuevo borrador de modificación del Decreto 21/2017, que regula el alquiler náutico en Baleares, introduce una serie de medidas destinadas a reforzar el control sobre la actividad de chárter y evitar prácticas irregulares.
Creemos que el sector náutico de nuestras islas debe estar sometido a un funcionamiento ordenado y respetuoso con las islas y su gente.
El llamado chárter pirata, como tal, a diferencia de los taxis pirata, o las viviendas turísticas ilegales, es realmente inexistente o tiene poco impacto; si esto se entiende como un barco sin permiso para llevar a cabo la actividad; ello y porque es relativamente fácil hacer las cosas de manera correcta.
Lo que sí ocurre, es que la calidad en la prestación del servicio de chárter, así como la calidad de vida de la población balear, se ha visto afectada por el boom náutico vivido en los últimos años; precios de amarre desorbitados, calas y playas abrumadas de embarcaciones fondeadas, olas y ruido, vertidos de basura en playas, embarques en zonas no permitidas…
Por este motivo creemos y defendemos una regulación autonómica que elimine o reduzca en gran medida lo anteriormente citado.
Sin embargo, desde Almar Lawyers, un despacho que dedica su día a día al asesoramiento jurídico a embarcaciones y buques, consideramos que algunas de estas modificaciones propuestas presentan deficiencias en cuanto a su viabilidad y aplicación, lo que podría afectar negativamente al sector.
Dejamos nota de las destacadas por nosotros y nuestra opinión
Análisis Crítico del Proyecto de Decreto de Modificación del Decreto 21/2017: Regulación Náutica en Baleares
Arrendamiento de embarcaciones en Lista 7ª.
Desde este despacho ya advertimos en su momento -cuando apareció la primera idea de poder arrendar embarcaciones privadas en el Reglamento de Ordenación Marítima- que el chárter en lista 7ª no podría aplicarse en Baleares salvo que cambiara el criterio autonómico, algo que ahora queda reflejado en la propuesta y que demuestra que el criterio sigue siendo el mismo.
La realidad es que, desde un punto de vista práctico, las ventajas que presenta la iniciativa, son prácticamente inexistentes (deben someterse al mismo régimen de inspecciones, deben tener los mismos seguros y no se tiene el derecho a concesión de la exención del llamado Impuesto de Matriculación).
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Bandera No-EU para Todas las Esloras: Una Necesidad para el Sector Náutico de Baleares
La propuesta de modificación mantiene la prohibición de realización de chárter de embarcaciones de menos de 14 metros con banderas no EU.
Desde el Brexit, todas las embarcaciones inferiores a dicha eslora, no pueden dedicarse al arrendamiento bajo pabellón del Reino Unido, lo cual supuso un gran coste de adaptación a empresas que seguían el régimen inglés (muchas armadoras tuvieron que hacer frente a costes de emisión de Certificados CE para su abanderamiento en España, despedir a trabajadores con titulación británica – y no apta en España -).
En Almar Lawyers, consideramos que esta prohibición debe corregirse, ya que impide la operativa de muchas embarcaciones tripuladas por profesionales con certificaciones británicas (RYA/MCA), ampliamente reconocidas en la industria náutica internacional (no solamente por los ingleses) y con unos estándares de navegación y seguridad superiores a los de muchos países de la UE.
La necesidad de incluir banderas no EU, pasa por aceptar una realidad en el sector náutico, que es la predominancia de la bandera Reino Unido y el reconocimiento de sus títulos y así dotar de seguridad jurídica al sector náutico. Estamos preparando alegaciones para que se amplíe el margen de esloras permitidas bajo bandera extracomunitaria, garantizando así la competitividad de la industria balear frente a otras regiones que sí permiten este modelo operativo.
Prohibición del Chárter por Plaza: Un Golpe a la Náutica Social
El arrendamiento náutico se conceptúa en nuestra legislación como la cesión de una embarcación para el uso y disposición del arrendatario. Quizá el charter por plaza, no tenga cabida en el concepto de arrendamiento náutico puro, pues el hecho de alquilar plazas individuales, obliga a que el control y disposición de la embarcación no recaiga en ninguno de los ocupantes, sino en el armador (y pueda tener más cabida en la modalidad de transporte de pasajeros).
Dicho lo anterior, la prohibición expresa de la modalidad de chárter por plaza es, en la práctica, una forma encubierta de bloquear la proliferación del modelo conocido como «Uber Yacht» o «Uber Charter», que ha sido objeto de debate en los últimos años.
Si bien entendemos la intención de frenar modelos de negocio no regulados o de dudosa legalidad, esta medida afecta directamente a la náutica social, pues perjudica a aquellas personas que, con presupuestos más ajustados, encuentran en el chárter por plaza una opción asequible para disfrutar del mar.
Lejos de fomentar una náutica más accesible, la prohibición restringe aún más el acceso al sector, concentrando la oferta en grandes operadores y limitando la diversificación del mercado.
En su lugar, sería más adecuado establecer criterios de control y regulación que permitan mantener esta opción sin comprometer la seguridad ni la competencia justa.
Amarre Obligatorio: Una Medida Insuficiente Contra la Masificación
El borrador también propone que las embarcaciones en alquiler deban disponer de un amarre como requisito para operar, una medida que, en principio, podría contribuir a frenar la masificación náutica en las aguas de Baleares.
Si bien compartimos la preocupación sobre la saturación de fondeos y el impacto ambiental sobre nuestras islas, consideramos que esta medida no es una solución realista al problema.
En primer lugar, la disponibilidad de amarres es extremadamente limitada, y en segundo lugar, obligar a todas las embarcaciones de chárter a disponer de uno podría encarecer aún más el acceso a la náutica y generar distorsiones en el mercado.
Desde nuestro punto de vista, la medida propuesta debe ir acompañada de actuaciones encaminadas a paliar la carencii de puestos de amarre; pantalanes provisionales en verano, una zona reservada para la actividad en el puerto…
Además de lo anterior, para un control efectivo de su cumplimiento, implementar un sistema de control dinámico de fondeos, basado en herramientas digitales (AIS), permisos y estudios de impacto ambiental, debería haberse incluido como línea de trabajo a futuro.
Esto permitiría un equilibrio entre la actividad comercial y la conservación del medio marino sin imponer barreras que afecten al sector.
En Formentera, o Sóller, se habilitan pantalanes estivales que permiten a las embarcaciones de chárter realizar embarques o amarrar dentro del recinto portuario; quizá es esta una solución más realista que la de prohibir sistemáticamente la actividad de cientos de embarcaciones que no encuentran amarre.
Hacia una Regulación Más Equilibrada
El objetivo de una nueva regulación debe ser garantizar seguridad jurídica, competitividad y sostenibilidad para la náutica en Baleares, pero algunas de las medidas propuestas en esta modificación del Decreto 21/2017 parecen estar diseñadas sin considerar plenamente la realidad operativa del Sector Náutico de Baleares.
Desde Almar Lawyers, estamos trabajando activamente en la presentación de alegaciones para corregir estas deficiencias y garantizar que la normativa final sea realista, aplicable y alineada con las necesidades del sector.
Desde Almar Lawyers te ofrecemos un asesoramiento profesional y personalizado para que puedas disfrutar de tu experiencia náutica con total tranquilidad y confianza. Contacta con nosotros y te informaremos de todo lo que necesites.
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